Los préstamos personales en efectivo son prácticos, simples y convenientes. Decimos esto porque son créditos de libre destino, que se obtienen con requisitos flexibles según la posibilidad del cliente y porque en poco tiempo permiten tener en mano el dinero que se necesita.

De esta forma, a través de los préstamos personales en efectivo es posible financiar cualquier necesidad: desde los gastos asociados a la remodelación o terminación de vivienda, pasando por la adquisición de equipos y artículos para el hogar, hasta viajes y gastos universitarios.

Características de los préstamos personales en efectivo

Las características de los préstamos personales en efectivo varían según las condiciones establecidas por cada entidad. Para brindar un ejemplo ilustrativo tomaremos el caso de Banco de Occidente y su línea de crédito personal.

– Montos: desde $2.000.000 hasta 300 S.M.L.V.
– Plazos: 12, 24, 36, 48 y 60 meses, dependiendo del monto solicitado
– Amortización y pago de intereses: cuota fija mensual vencida con abono a capital e intereses
– Codeudor: para préstamos personales en efectivo inferiores a $40 millones no se exige codeudor, mientras que para créditos de entre $40 millones y $70 millones se podrá exceptuar de codeudor según los ingresos del cliente que solicite el crédito
– Vigencia: el crédito está vigente hasta 90 días después de la fecha de aprobación
– Pagos: pueden ser realizados en efectivo, cheque Banco local, con débito a la cuenta corriente o de ahorros
– Garantía: firma personal y seguro de vida

¿Cómo solicitar préstamos personales en efectivo?

Además de presentar el formulario de solicitud, Banco de Occidente exige a los solicitantes los siguientes requisitos:

Empleados:

– Certificado Laboral, indicando salario, antigüedad y cargo (vigencia 60 días)
– Declaración de renta del último año gravable
– Fotocopia de los dos últimos desprendibles de nómina
– Certificado de ingresos y retenciones expedido por la DIAN del año inmediatamente anterior

Independientes:

– Declaración de renta del último año gravable
– Extractos de los 3 últimos meses (cuenta corriente y/o ahorros)
– Balance de estado y resultados fiscales correspondiente a los dos últimos dos años, firmados por el contador público (para aquellas personas que ostenta la calidad de comerciantes)
– Carta de no declarante (independiente no obligado a declarar)

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